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Te brindamos un acompañamiento cálido y cercano
Somos un equipo con experiencia en gestión de conflictos, negociación, conciliación y defensa de los derechos humanos.
¿Qué es la mediación?
Es un proceso de resolución de conflictos en el que las partes enfrentadas recurren voluntariamente a una tercera persona imparcial, el mediador, para llegar a un acuerdo satisfactorio.
Beneficios
Ahorro de tiempo
Confidencialidad
Ahorro de dinero
Restaura vínculos y relaciones
Agilidad
Evita largos procesos judiciales
Construye acuerdos positivos y creativos
Efectividad
Audiencias telématicas
Audiencias Presenciales
"Cada vez que se crea una frontera y se construye un puente para superarla, ambos lados salen siempre beneficiados."
Clara Obligado, Escritora
Materias
Laboral
Desde la forma de pago de liquidaciones hasta pago de jubilación patronal.
INQUILINATO
Desocupación de inmuebles, devoluciones de garantías y cánones de arrendamientos atrasados.
CIVIL
Cobro de facturas o deudas, incumplimiento de contratos, liquidación de sociedad conyugal, reparación de daños y perjuicios, y recuperación de cartera vencida.
EDUCATIVAs
Cobro de pensiones y colegiaturas tanto secundarias como universitarias.
TRÁNSITO
Pago de daños y resolución de accidentes sin que existan lesiones o muertes.
Organizaciones de la sociedad civil
Conflictos internos, manejo de fondos y convenios.
FAMILIA
Pensiones alimenticias y régimen de visitas.
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Clima laboral, conflictos personales del colaborador y asesoría.
Nuestro equipo

Karla Morales Rosales
Abogada empresarial y activista por los derechos humanos. Trabajó para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de las Naciones Unidas.

Silvia Buendía Silva
Abogada, mediadora y activista por los derechos de las mujeres y de las personas LGBTI. Como abogada ha patrocinado varios casos de defensa a los derechos de personas LGBTI en casos nacionales e internacionales.

Ma. Elena Guillén Ordoñez
Lcda. Administración de empresas, negociadora efectiva, mediadora de conflictos con especialidad en materia familiar, comunitaria y educación para la paz, 17 años de experiencia en el servicio público.
- "Los acuerdos de un acta de mediación tiene el mismo poder legal que una sentencia ejecutoriada, por lo que debe de ser cumplida con carácter obligatorio; de no suceder cualquiera de las partes tiene la capacidad de convertir dicha acta en un título de ejecución en vía judicial."
BASE LEGAL
Ley de arbitraje y mediación
Art. 43.- La mediación es un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto.
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